Por Oscar Wilfredo Lezama y Hector Ramón Cortés
De los oriundos de Yuscarán no hay quien no conozca
está casa que hoy está siendo
restaurada, pero muy pocos conocen de su historia. Esta casa es recordada porque hasta hace unas
décadas funciono allí la fuerza de Seguridad Publica y el Presidio Local, mejor
conocida como el Cuartel. Fue concedida originalmente para albergar ahí las
oficinas departamentales, de gobierno y el presidio presentes en la ciudad de
Yuscarán como cabecera departamental del Departamento de El Paraíso.
Las primeras gestiones para su diseño
y construcción fueron hechas en el mes de enero de 1884 siendo alcalde de
Yuscarán Don Trinidad Gradiz quien a través del Señor Gobernador Don Mónico
Córdova solicita al Gobierno central la construcción de un local para albergar
las oficinas gubernamentales y cárceles públicas, manifestando la disposición
del vecindario a brindar la mano de obra para dicho proyecto. En respuesta el
gobierno manifiesta que la gobernación y la comandancia de armas están en
capacidad de emprender dicha obra.
El 19 de febrero de 1884, el señor
gobernador político, manifiesta la recepción del acuerdo supremo refrendado por
el Señor Presidente Luis Bográn aprobando el plano para levantar la Casa
Nacional de Yuscarán, dicho acuerdo aparece publicado en la Gaceta Oficial del
21 de marzo de 1884, en la que se excita al señor Gobernador a ir informando el
estado en que marchen los trabajos del edificio mencionado, al mismo tiempo las
dificultades y necesidad de fondos que se tenga para irlos cubriendo en la
medida de lo posible. Gaceta Oficial de 21 de marzo de 1884
En la misma gaceta y con fecha 19 de
febrero se publica el acuerdo supremo en que se subvenciona el trabajo de la
construcción de la Casa Nacional de Yuscarán considerando su belleza y utilidad
pública con la cantidad de 200 pesos mensuales a partir del 1 de marzo del
referido año, autorizando a la
Administración de Rentas del Departamento de El Paraíso para realizar dichos
pagos. En este acuerdo también se autoriza al Gobernador a hacer uso del
personal del presidio y de la Guarnición
para dichos trabajos. Gaceta Oficial de 21 de marzo de 1884
Con fecha 7 de mayo de 1884, se
reconsidera que lo anteriormente establecido para subvencionar dicha construcción no es suficiente, por lo
que emite un nuevo acuerdo en que se manda subvencionar la construcción con
cinco mil pesos, sin perjuicio de los doscientos pesos mensuales con que ha
mandado de antemano subvencionarla. Gaceta Oficial de 4 de mayo de 1884.
El 5 de abril de 1884, considerando la urgencia para
que se lleve a cabo dicha construcción y tomando en cuenta que el señor
Gobernador que tiene a su cargo la construcción de dicha obra tiene muchas y
delicadas funciones, el gobierno central ordena al señor gobernador político
nombrar una Junta Económica compuesta por cuatro individuos y presidida por el
señor Gobernador Político, la que sería la encargada de coadyuvar a la
organización de los trabajos, entre estos cuatro individuos se debería nombrar
un Tesorero que a su vez servirá de secretario de la junta y devengará por su
trabajo el dos por ciento de los fondos que administre. Gaceta Oficial del
4 de julio de 1884.
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En
El Diario Oficial La Gaceta del 21 de enero de 1899 recoge el discurso del
presidente de la república Policarpo Bonilla ante el congreso nacional, el
menciona que “Las Casas penales de Gracias y Yuscarán anexas a los cuarteles,
están para terminarse. De igual manera se está construyendo el presidio de La
Ceiba; y se han hecho reparaciones importantes en los de otros departamentos.
De igual forma se menciona el estado en que queda la casa Nacional y presidio
de Yuscarán . Mas
tarse al ejecutarse por entero, bien puede albergar todas las oficinas
públicas.
La
Gaceta Oficial del 9 de febrero de 1899
en el ramo correspondiente dice “Considerable mejora habéis realizado
con el muro que circunda la Penitenciaria de Tegucigalpa, al que sólo faltan
las atalayas para la vigilancia interior y externa, siendo además, muy oportuna
la mención que hacéis de los edificios penales que están para concluirse en
Gracias, Yuscarán y La Ceiba.”
En enero de 1890 se elabora el presupuesto siguiente por la junta, con el fin
de determinar el valor, los materiales y
mano de obra que se necesita para concluir la Casa Nacional de Yuscarán.
Presupuesto de los gastos para la edificación
del presidio y Casa Nacional de esta ciudad.
Valor de los cimientos de las cárceles y piezas interiores 1,212.00 pesos
“ 44,000
adobes a 30 pesos el mil 1,320.00
“ 423
varas tapia, a 3.00 la vara 1,169.00
“ la
madera del artesón 2,117.00
“ 43.560
tejas a 20 pesos el mil 871.20
“ 15,830
ladrillos a 40 pesos el mil 633.20
“ 105
varas filete a 2 pesos la vara 210.00
“ 22 basas a 7 pesos cada una 154.00
“ 114
varas de entejado y enladrillado a 6 pesos cada una 684.00
“ del
artesón a 520 la vara
2,280.00
“
de la cal para el repello y
aseado 80 fanegas a 7 pesos c/u 560.00
“
800 cargas de arena a real
cada una 150.00
“
40 puertas con todo lo
necesario a 60 pesos cada una 2,400.00
“ 623
varas de repello a 1.25 cada una 778.75
” 5
qq de clavos de diferentes clases a 12 pesos cada uno 60.00
“
50 arrobas de pintura a 5
cada una 250.00
“ 13,664
pies de tabla a 50 pesos el mil 674.84
Suman 15,623.99
Yuscarán, enero 31 de 1890,
Firman Leopoldo Córdova (Alcalde Municipal), Ángel Ordoñez, León Cortés,
Dionisio Salazar, Dionisio Licona y Apolonio Zelaya (Secretario)
El 31 de agosto de 1900 se autoriza una
contrata celebrada entre el Gobernador Político Alecio Fortín y Angel Ordoñez
para la colocación de un paraguas de Zinc sobre cada uno de los torreones de la
casa nacional y a construir cuatro plataformas en cada torreón, en esta
contrata se hace énfasis que el trabajo se hará bajo la dirección y supervisión
del señor Gobernador. Se indica que los paraguas serán suministrados por el
Gobierno y la madera y demás materiales que deberán ser de primera calidad
suministradas por don Ángel Ordoñez, la contrata fue por un valor de ochenta y
seis pesos pagados en planillas semanales que no podían excederse de 20 pesos
semanales, el término máximo para dicha contrata fue el treinta de septiembre
del referido año y para los pagos se autorizó a la Administración de Rentas
siempre y cuando los recibos lleven el visto bueno del señor Gobernador y estos
deberían ser imputados a la cuenta de Fomento, capítulo VII, partida 4 de la
ley de presupuesto.
Fuentes: Actas Municipales Alcaldía Municipal de Yuscarán año 1884, Gacetas Oficiales indicadas en el artículo, Archivo de la Casa Fortín, Archivo Nacional de Honduras correspondencia año 1890.
Publicado en la Revista "Yuscarán, Ayer y Hoy" Número 8 de Agosto 2013