martes, 30 de abril de 2013

Los Correos de a Pie en Yuscarán

Fotografía de los famosos correos de a pie, 1897
Por Lic. Hector Ramón Cortés, tomado de la revista Yuscarán Ayer y Hoy, Número 1, Diciembre 2012

En los primeros años de nuestra historia como mineral de Yuscarán, la comunicación postal era muy fluida y abundante, no obstante la manera esta se realizaba de manera muy diferente a la actualidad. Hoy la comunicación se ha popularizado tanto con el correo electrónico, las redes sociales y los teléfonos inteligentes algo que dista mucho de esos primeros años de la historia hondureña.

Lo más común en esos tiempos era transportar el correo sobre lomo de animales o en  carretas tiradas por mulas o bueyes,  también había un tipo de correo denominado correo de a pie, se trataba de hombres que a la brevedad que les permitían sus fuerzas y condición física, trasportaban la correspondencia entre las diferentes provincias,  distritos y pueblos. La transportación también podía ser acompañada por bestias adicionales, lo que agregaba un valor extra dependiendo del número de bestias y la distancia de la entrega.

En 1810 El intendente Don Ramón de Anguiano, Coronel de los Reales Ejércitos, con cita en la ciudad de Comayagua, establece el arancel que rige las diferentes actividades económicas de la provincia de Honduras.  El arancel incluye temas muy diversos incluyendo el correo de a pie.

El arancel con solo cartas de Tegucigalpa a Yuscarán tenía un valor de doce reales y hasta Danlí tres reales. Un mozo cargado con dos arrobas o cualquiera de los parajes referidos a real por legua, es preciso aclarar que  Yuscarán estaba ubicado a 12 leguas de Tegucigalpa y 26 de Comayagua.

Un tayacán con su caballo a Real por legua y si tuviere que traer bestia de vuelta costaba medio real por legua. Una bestia de silla a real por legua: Una bestia cargado con ocho arrobas a real la legua, sin excepción ni privilegio alguno, pues igual está mandado a un las de Real hacienda por Real Orden de su Majestad.

Por guardar seis bestias en el Campo día y noche dos reales, por el hospedaje a los pasajeros solo en el Cabildo y no en otra parte, ni individuo, dos reales el día y hasta tres días un real por cada uno y lo mismo en la Arrería que pasare.

Por las Sesteadas en dicho Cabildo medio real y si pidieren mozo para mandados un real; lo mismo se entiende con los expresados anteriormente, cuya mitad es para la Casa de Cabildo, y la otra parte para el indicado mozo; ha de haber paja, agua, mantenimientos que necesite el pasajero por su precio.

Fuente consultada: Revista Anales del Archivo nacional, 1972 – 1974, pagina 47.
Fotografia tomada del blog 
http://fotosantiguashonduras.blogspot.com 



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